Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0735/2006-R
Fecha: 26-Jul-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes alegan que se ha vulnerado el derecho de su representado a la libertad, pues pese a que su detención preventiva supera los dieciocho meses sin que exista sentencia en su contra, los recurridos Jueces del Tribunal de Sentencia de Ivirgarzama, por una supuesta actividad procesal defectuosa, devolvieron el proceso a su similar de Villa Tunari, y a fin de evitar un pronunciamiento respecto a su pedido, por Auto de 11 de abril de 2006, suscitaron un conflicto de competencia. Corresponde considerar lo solicitado a fin de otorgar o no la tutela demandada.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- exigencia que se hace más apremiante en aquellos casos vinculados a la libertad personal, toda vez que tales peticiones deben ser atendidas de forma inmediata si no existe una norma que establezca un plazo y si existe, debe ser cumplido estrictamente
- lo que significa que cuando el imputado presenta una solicitud de cesación ante un juez y éste se considera incompetente para asumir el control jurisdiccional o el conocimiento en el fondo de la causa, deberá primero analizar el caso concreto y resolver la solicitud
- III.2.