Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0804/2006-R
Fecha: 17-Ago-2006
3º
3º dispone que el Juez Octavo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz recurrido, Roberto Pierini de Paulis, en el plazo de dos meses a partir de la notificación con el presente fallo, tome las medidas judiciales adecuadas para garantizar el cese de la vulneración a los derechos del recurrente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1.
- III.2.
- PIDO a su digna autoridad se me conceda la entrega judicial de inmueble y de esa manera lograr la consolidación definitiva del inmueble objeto de la litis
- III.3
- 3º