Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0809/2006-R
Fecha: 17-Ago-2006
II.12.
II.12. Por memorial de 25 de julio de 2005, el recurrente solicitó al Ministro de Defensa Nacional el pago de sus haberes y aguinaldos desde octubre de 2003, el mismo que fue respondido por esa autoridad mediante nota 1450/2005, de 1 de septiembre, en sentido de no ser procedente la solicitud al no haber prestado sus servicios como se le ordenó mediante memorando 1039/2003, de 28 de abril; conducta que contraviene la Directiva para las Fuerzas Armadas 20/99, de 17 de agosto de 1999 (fs.14 a 15).
- recurso de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- a)
- b)
- c)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2
- APRUEBA