Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0809/2006-R
Fecha: 17-Ago-2006
II.6.
II.6. A través del memorando 1305/2004 de 29 de marzo el Vicealmirante del Comando General de la Fuerza Naval comunicó al recurrente que por Resolución del Tribunal Sumariante de Justicia Militar de 12 de noviembre de 2003, se dispuso la ampliación de su permanencia en la letra “E” de disponibilidad, destinándolo al “Departamento I Personal EMG” como adscrito, haciéndole notar que se le otorgarán los permisos respectivos para que asista a los partes de control en el Tribunal Permanente de Justicia Militar (fs. 85).
- recurso de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- a)
- b)
- c)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2
- APRUEBA