SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0809/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0809/2006-R

Fecha: 17-Ago-2006

II.7.

II.7.  Mediante nota 69/04 de 6 de julio de 2004, el Vicealmirante del Comando General de la Fuerza Naval informó al Tribunal Supremo de Justicia Militar, que no se dio curso a la solicitud de pago de haberes del recurrente porque contravino lo dispuesto en la Directiva para las Fuerzas Armadas 20/99 al no asistir normalmente a su trabajo, donde en el pasado inmediato se resistió recibir el memorando por el que se le comunicó su destino en calidad de adscrito, constituyendo un acto grave de indisciplina (fs. 8).