SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0816/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0816/2006-R

Fecha: 21-Ago-2006

declarando extinguida la obligación

En el caso motivo de análisis, consta que el ahora recurrente como abogado patrocinante de la Cooperativa Ganadera Integral Beni Ltda. “(PIL-BENI)”, presentó en la vía ordinaria demanda de extinción de obligación por pago contra el Banco Sur en Liquidación; mereciendo la Sentencia de 17 de junio de 2004, que declaró probada la demanda e improbadas las excepciones, declarando extinguida la obligación contenida en la Escritura Pública 2 de 5 de enero de 1993, por cuanto la misma resultaba de: “una reprogramación de otros créditos anteriores, por consiguiente, no se efectivizó por su medio un préstamo ni su consiguiente desembolso, estableciéndose que el peritaje contenido en el Informe de Cartera de Crédito de INPROLAC (…) que determina que de las operaciones crediticias efectuadas entre el Banco e INPROLAC, existe un saldo a favor de ésta última de $US326,34.-, es decir, por su efecto, queda claro que no existe obligación pendiente de parte de INPROLAC con la entidad demandada (…)”(sic); a cuya consecuencia, dicho profesional -recurrente- por memorial presentado el 28 de enero de 2005, solicitó se le cancelen sus horarios profesionales en especial la cuantía del proceso (16%), misma que equivaldría a un monto de $US39.200.-, mereciendo el Auto de 21 de marzo de 2005, por el que la Jueza de la causa dispuso que INPROLAC cancele Bs3.000.- por honorarios fijos y una cuantía de $US39.200.- montos de los cuales se debía descontar la suma de $US5.000.- que ya habían sido cancelados anteriormente por INPROLAC; Resolución que apelada dio lugar al pronunciamiento de la Resolución objeto de este  recurso.