SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0816/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0816/2006-R

Fecha: 21-Ago-2006

I.2.3. Intervención de los terceros interesados

El tercero interesado presentando el memorial que cursa a fs. 47 y vta., señala que el proceso no señala cuantía alguna y que se convino con el abogado patrocinante, un monto fijo de honorarios ya cancelados según comprobantes de pago cursantes en el proceso, sobre cuyo contenido, tiene expresado su consentimiento; por lo que resulta improcedente por la causal contenida en el art. 96 inc. 2) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), que reconoce contra los actos consentidos libre y expresamente.