SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0816/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0816/2006-R

Fecha: 21-Ago-2006

III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente señala que las autoridades recurridas al dictar el Auto de Vista 064/2005 de 6 de mayo, le negaron el pago de sus honorarios profesionales regulados por Auto interlocutorio de 21 de marzo de 2005, que le reconoce el porcentaje sobre la cuantía que le corresponde como abogado de la Cooperativa Integral Beni Ltda., en el proceso que siguió al Banco Sur en Liquidación, favorable a sus patrocinados, pese a haber anunciado en la demanda que se atenía al Arancel Mínimo de Honorarios Profesionales, mismo que no sólo establece un monto fijo por el proceso ya cancelado, sino un porcentaje del 16% sobre la cuantía, por lo que las autoridades recurridas al haber revocado en su totalidad el Auto apelado y declarado no haber lugar al pago de honorarios profesionales por parte de la Empresa que patrocinaba, con el argumento de haberse probado que estos ya fueron pagados en su totalidad interpone el presente recurso de amparo, considerando restringidos y suprimidos sus derechos a la seguridad jurídica y a una justa remuneración. Corresponde analizar por ende si tales aseveraciones son ciertas, y si dan lugar o no a brindar la tutela que otorga el art. 19 de la CPE.