SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0841/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0841/2006-R

Fecha: 29-Ago-2006

II.4.

II.4.  En el acta de declaración jurada notariada de 12 de noviembre de 2005 (fs. 15 y vta.), Holber Rubén Justiniano Rodríguez  y Willy García Pinto -el primero que trabajó en la empresa de radio móvil “Sucre Capital” y fue despedido y el segundo que aún trabaja con un móvil en dicha empresa-  declararon lo siguiente: a)  la recurrente está trabajando como centralista en la empresa de radio móvil “Sucre Capital” desde el año 2004; b) Romario Flores como nuevo propietario del indicado radio móvil dio continuidad en los puestos de trabajo a todas los centralistas de manera verbal; c) la recurrente se encuentra en estado de gravidez y el empleador no le otorgó seguro médico ni social alguno ni le canceló ningún subsidio familiar; d) el empleador despidió a la actora el 8 de noviembre de 2005.