SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0841/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0841/2006-R

Fecha: 29-Ago-2006

III.3.

III.3.          En el caso de examen, se evidencia por una parte, que la recurrente fue contratada en forma verbal el 7 de septiembre de 2004  por la empresa de radio móvil “Sucre-Capital”, representada en principio por Joan Odiney Fernández Astete y luego por Romario Flores Yupanqui para prestar el servicio de centralista (operadora de radio) función que cumplió hasta el 8 de noviembre de 2005, fecha en la que fue despedida; por otra parte, se constata que al momento en que el empleador prescindió de los servicios de la actora, ésta se encontraba embarazada, prueba de ello, es el certificado médico de 21 de octubre de 2005; situación que  fue de conocimiento del empleador, conforme la  nota de 8 de octubre de 2005, en la cual la recurrente le recordó que se encontraba en estado de gestación; así como de la declaración jurada notariada de 12 de noviembre de 2005 emitida por un trabajador y un ex trabajado de dicha empresa que afirman aquello (II.4, del acápite de conclusiones); embarazo que en ningún caso podía ser desconocido por el empleador; máxime, si contaba al momento del despido con más de 22 semanas de gestación y por lo mismo, se entiende que estaba en un estado de embarazo notorio.