Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0852/2006-R
Fecha: 29-Ago-2006
II.2.
II.2. Por Sentencia dictada el 22 de agosto de 1998 (fs. 1 a 3) dentro del proceso social seguido por el ahora recurrente contra COTEL Ltda., por reintegro de sueldos, reincorporación, pago de haberes (fs. 11 a 13), la Jueza Tercera de Trabajo y Seguridad Social declaró probada en parte la demanda e improbadas las excepciones perentorias de pago y de prescripción, sin lugar a la reincorporación del recurrente, a quien la empresa deberá cancelar la suma de Bs33.796,84.- por concepto de sueldos devengados. El recurrente interpuso recurso de apelación contra este fallo, el 3 de febrero de 1999 (fs. 174 a 175), se concedió el recurso en el efecto suspensivo, el 2 de marzo de 1999 (fs. 180 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Inmediatez en el recurso de amparo constitucional
- III.2. Interpretación de la legalidad ordinaria
- III.3. Falta de demanda contra Tribunal de alzada
- denegado
- APROBAR