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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0852/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0852/2006-R

    Fecha: 29-Ago-2006

    II.4.

    II.4. A través del Auto Supremo 22, de 23 de septiembre de 2004 (fs. 6 a 7) la Sala Social Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia anuló obrados hasta fs. 214 inclusive, es decir hasta que se notifique a las partes con el Auto de Complementación y Enmienda, con responsabilidad al Juez y los miembros del Tribunal de alzada y al Oficial de Diligencias.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • 1)
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III.1.  Inmediatez en el recurso de amparo constitucional
    • III.2. Interpretación de la legalidad ordinaria
    • III.3. Falta de demanda contra Tribunal de alzada
    • denegado
    • APROBAR

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