SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0860/2006-R
Fecha: 29-Ago-2006
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El recurrente afirma que se vulneraron sus derechos a la libertad, a la seguridad jurídica y a la defensa, al señalar que el Juez Cautelar recurrido le concedió la cesación de su detención preventiva bajo medidas sustitutivas y que encontrándose ya en libertad, esta autoridad le hizo comparecer en su despacho con engaños, aduciendo que debía firmar un acta; empero, cuando se presentó el Juez le indicó que el Fiscal había requerido por la revocatoria de las medidas sustitutivas, porque supuestamente no las habría cumplido, sin que de nada valgan sus explicaciones, comunicándole más bien que ya había adoptado esa determinación, ordenando a dos policías lo conduzcan en el acto al penal de “Morros Blancos” y que luego se les entregaría el mandamiento, cuando previamente debió ser citado legalmente para la audiencia a objeto de considerar el requerimiento, además que no correspondía aún ninguna revocatoria, porque la Resolución de cesación de su detención preventiva estaba pendiente de apelación, enterándose luego de que el Fiscal desistió del recurso. Por consiguiente, se debe determinar, en revisión, si corresponde o no otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.