Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0870/2006-R
Fecha: 04-Sep-2006
2°
2° Declarar PROCEDENTE el recurso debiendo la autoridad recurrida, dentro de las veinticuatro horas, luego de ser notificada con la presente Sentencia remitir obrados ante el superior en grado, para la consideración de la apelación planteada por los recurrentes Yerco Rubén Fernández Fernández y Franz Mollo Pelais. Sin calificación de daños y perjuicios.