Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0879/2006-R
Fecha: 04-Sep-2006
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión resuelve REVOCAR la Resolución de 28 de noviembre de 2005, cursante de fs. 38 vta. 41, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, y en consecuencia, DENEGAR el recurso de amparo constitucional interpuesto por Ricardo Yamil Baddour Dabdoub.