SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0905/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0905/2006-R

Fecha: 18-Sep-2006

pero en ninguna parte del fallo cuestionado se  fundamentan los motivos que expliquen porqué debe aplicarse a ese caso

Ahora bien, de la minuciosa revisión y estudio del Auto de Vista  D-324/2005, de 29 de julio, se concluye que en relación al primer punto objeto de apelación, relativo a la presunta errónea aplicación del art. 1538 del CC, los Vocales recurridos se limitaron a  definir lo que se considera doctrinalmente como cesión, y a transcribir el texto de la citada norma, así como  lo dispuesto por el art. 1540 del CC, para terminar señalando que “existen normas legales que rigen la materia”, pero en ninguna parte del fallo cuestionado se  fundamentan los motivos que expliquen porqué debe aplicarse a ese caso el art. 1538 del CC, no obstante ser uno de los aspectos de mayor importancia para el apelante en su fundamentación de agravios.