SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0017/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0017/2007-R

Fecha: 11-Ene-2007

II.9.

II.9.  Mediante memorial presentado el 22 de diciembre de 2005 ante la CDE de Pando, los delegados de la alianza UN-MAR denunciaron que la mesa 11989 sólo funcionó dos horas, impidiendo el voto de los ciudadanos; en el recinto de Loma Velarde mesa 11961 y Monte Carlo, mesa 11958, se observó que sólo se permitió el voto de ciudadanos depurados que pertenecieran a la agrupación PODEMOS; en el recinto de Bella Flor, mesas 11949 y 23411, una persona de nombre, Melitón Brito Ferreira, intimidó a los votantes con dos sujetos armados para que voten por la mencionada agrupación, además de que en la última de las señaladas mesas firmó una persona que no fue designada jurado (fs. 12 y vta.); a lo que la referida Corte les contestó mediante proveído de 22 de diciembre de 2005, que las denuncias efectuadas no figuraban en el acta de de escrutinio (fs. 1493).