Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0019/2007-R
Fecha: 15-Ene-2007
II.6.
II.6. El 10 de noviembre de 2006, el Fiscal de Materia requirió porque se rechace la solicitud de mandamiento de libertad del ahora recurrente con el argumento que la petición “…es incongruente, sin fundamento legal, que haga viable su solicitud, además se debe considerar que el imputado fue declarado rebelde en la etapa de la instrucción en donde se expidió la orden de aprehensión…” (fs. 24).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- III.2. La problemática planteada.
- deben ser tramitadas de manera pronta y oportuna