Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0019/2007-R
Fecha: 15-Ene-2007
recurso de hábeas corpus
En revisión la Resolución 14, de 29 de noviembre de 2006, cursante de fs. 35 a 36, pronunciada por la Sala Civil, Comercial, de Familia, Social, de la Niñez y Adolescencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Mario Mamani Quispe contra Evelyn Salgueiro Velasco y René Rojas Bonilla, Vocales de la Sala Penal y Administrativa del mismo Distrito Judicial, alegando vulneración a su derecho a la libertad.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- III.2. La problemática planteada.
- deben ser tramitadas de manera pronta y oportuna