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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0035/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0035/2007-R

    Fecha: 31-Ene-2007

    APROBAR

    El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que ejerce por mandato de los arts. 18.III y 120.7ª de la CPE; arts 7 inc. 8)  y 93 de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución de 13 de diciembre de 2006, cursante de fs. 141 a 142, emitida por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades  recurridas  y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • a)
    • i)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.9.
    • II.11.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Presuntas lesiones al debido proceso
    • ; a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad”
    • III.2. Caso analizado
    • '
    • Fragmento 19
    • APROBAR

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