SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0035/2007-R
Fecha: 31-Ene-2007
recurso
En revisión la Resolución de 13 de diciembre de 2006, cursante de fs. 141 a 142, emitida por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Roberto Vildoso Roscenbach contra Marlene Pino de Terán y Eloy Avendaño, Vocales de la Sala Penal Primera y Segunda respectivamente, Juan Chávez Rojas, Juez de Instrucción Mixto cautelar de Tapacarí, Fernando Villarroel y Sonia Zabala Padilla, Jueces del Tribunal de Sentencia de Quillacollo, Elia Mireya Maldonado, Nivia Torrez Arandia, Roberto Santos Gómez, Fiscales Adjuntos y Fernando Luis Rivas, Segundina Aranibar García y Enrique Valenzuela Llanos, Jueces Ciudadanos, todos del Distrito Judicial de Cochabamba, alegando procesamiento indebido.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presuntas lesiones al debido proceso
- ; a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad”
- III.2. Caso analizado
- '
- Fragmento 19
- APROBAR