Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0813/2007-R
Fecha: 06-Dic-2007
II.2.
II.2. Por Resolución 21/97 de 2 de abril de 1997, el Juez Décimo tercero de Partido en lo Civil intimó a la empresa América Trading S.R.L. en la persona de María Renee Valencia de Arce, para que al tercer día hábil de su legal notificación con la demanda y Auto intimatorio, pague a “Noboru” Endo Watanabe la suma de $us150.000.- o su equivalente en moneda nacional, más intereses. Asimismo, a solicitud de enmienda y complementación del ejecutante, por Auto de 7 de abril de 1997, complementó el Auto intimatorio, disponiendo que la intimación comprenda además las multas previstas en la cláusula quinta del documento base de la ejecución (fs. 8 a 9 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- a)
- I.2.3. Informe del tercero interesado
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- APROBAR