Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0813/2007-R
Fecha: 06-Dic-2007
II.3.
II.3. El 7 de agosto de 1997 el Juez Décimo tercero de Partido en lo Civil, pronunció la Sentencia 104/97 declarando probada la demanda e improbadas las excepciones de falta de personería del ejecutante y de falta de fuerza ejecutiva y dispuso se proceda a la continuidad de la ejecución hasta el trance de subasta y remate de los bienes embargados o por embargar, para que con el producto se cancele al ejecutante la suma de $us 150.000.- más daños, perjuicios y costas del proceso (fs. 10 a 11).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- a)
- I.2.3. Informe del tercero interesado
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- APROBAR