SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0866/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0866/2007-R

Fecha: 12-Dic-2007

3.

3.  El hecho de que se haya interferido la libre circulación en busca de sustancias controladas no es en sí un atentado al derecho de tránsito, pues la FELCN está facultada para hacerlo; empero, lo que sí se constituye en ilegal es el hecho de haberlos retenido por tres horas sin justificativo alguno, ya que si no encontraron cocaína, correspondía dejarlos transitar libremente, mucho más si se afectó a menores de edad, y el hecho de que el acto hubiera cesado en sus efectos, no exime de responsabilidad a la autoridad culpable.