SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0877/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0877/2007-R

Fecha: 12-Dic-2007

II.4.

II.4. El Oficial de Diligencias de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, mediante representación de 7 de agosto de 2007, expresa la imposibilidad de practicar la diligencia de notificación al Juez recurrido porque éste goza de licencia laboral por baja médica desde el 18 de julio del mismo año, quien por informe de la Secretaria del Juzgado a su cargo, no asistió a su fuente laboral desde el 16 de julio de 2007 (fs. 19).