Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0148/2007-R
Fecha: 20-Mar-2007
denegado
De todo lo expuesto, se concluye que la Corte de amparo, al haber denegado el amparo, ha evaluado correctamente los datos del proceso y las normas aplicables al mismo; empero, en esta Sentencia deberá ser declarado improcedente al no haberse ingresado al fondo de la problemática de acuerdo a lo dispuesto por la SC 0505/2005-R, de 10 de mayo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de subsidiariedad del amparo constitucional
- 1)
- SC 0651/2003-R
- está la tutela contra acciones o medidas de hecho
- III.2. El caso ahora estudiado
- acción material
- que exista analogía e identidad en el conjunto fáctico o hechos concretos que motivaron la protección demandada en esa oportunidad con los hechos expresados en el nuevo caso (…)
- III.3. Legitimación pasiva
- denegado
- APRUEBA