SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0148/2007-R
Fecha: 20-Mar-2007
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 21, de 19 de abril de 2006, cursante de fs. 181 a 182 vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Roberto Revollo Herbas, Luis Garrón Covarrubias, Gerardo Vásquez Chávez, Nancy Laura Ayala Quiroga, Vilma Gilda Ayala Quiroga, Alberto Amurrio Fernandez, Vivian Elizabeth Nava Romano, Lucy Mejia Vda. de Meruvia, Rudi Fernando Waldo Neckel Wolff, José Humberto Vasquez, Raúl Alfonso Rivero Adriazola y Sonia Rodríguez contra Gonzalo Terceros Rojas, Julio Armando Rojas Acosta y Harold Espinoza Galvez, Alcalde Municipal de Cochabamba, Sub Alcalde Distrito 10, 11 y 12 y Jefe de la División Área Técnica, respectivamente, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, a la propiedad privada y de la garantía del debido proceso, consagrados en los arts. 7 incs. a), i), 22 y 16.IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de subsidiariedad del amparo constitucional
- 1)
- SC 0651/2003-R
- está la tutela contra acciones o medidas de hecho
- III.2. El caso ahora estudiado
- acción material
- que exista analogía e identidad en el conjunto fáctico o hechos concretos que motivaron la protección demandada en esa oportunidad con los hechos expresados en el nuevo caso (…)
- III.3. Legitimación pasiva
- denegado
- APRUEBA