SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0193/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0193/2007-R

Fecha: 27-Mar-2007

1)

Los Vocales de la Sala Social y Administrativa, en el informe escrito de fs. 43 a 44, señalan: 1) El recurso se funda en la vulneración de la garantía del debido proceso, porque se habría notificado irregularmente con el Auto de Vista, argumentos que corresponden al ámbito del amparo constitucional y no del hábeas corpus, lo que es de conocimiento del propio recurrente, quien con los mismos argumentos planteó un recurso de amparo rechazado in limine por la Sala Civil Segunda; 2) El recurso es temerario y malicioso, al desconocer que el amparo que introdujeron fue rechazado, intentando una demanda que ya está resuelta, lo que es de conocimiento del Tribunal Constitucional; 3) Como Vocales se limitaron a confirmar la justa sentencia, correspondiendo a la a quo hacerla cumplir, careciendo entonces de legitimación para ser recurridos; 4) Antes de librarse apremio, el representado del recurrente realizó varios pagos parciales en cumplimiento de la Sentencia, demostrando su conformidad con ella, no teniendo entonces motivos para recurrirla de casación.