AUTO CONSTITUCIONAL 0115/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0115/2007-RCA

Fecha: 11-Abr-2007

improcedencia in límine

El Tribunal de amparo mediante Resolución 59/07 de 21 de febrero de 2007, cursante de fs. 38 a 39 vta. de obrados, declaró la improcedencia in límine del recurso, con el fundamento de que el recurrente en la etapa de ejecución tenía previstos los recursos ordinarios para resguardar sus intereses como incidentes y apelaciones, además que carece de legitimación para reclamar derechos del demandante a través del amparo; consecuentemente, no se activa el recurso en aplicación del art. 96.3 de la LTC, en mérito al principio de subsidiariedad, determinando por otro lado el “rechazo in límine” (sic) conforme a la SC 0505/2005-R de 10 de mayo, por la falta de legitimación activa del recurrente.