SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0015/2007
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0015/2007

Fecha: 26-Abr-2007

c)

c)    Manifiesta que el 15 de noviembre de 2006, el Tribunal Constitucional dictó la SC 1143/2006-R, por la que revocó la Sentencia revisada, fallo que; sin embargo, no podía ser aplicado, dada la renuncia irrevocable del concejal René Calvimontes Navarro como Alcalde de Cotoca, por lo que, el 30 de noviembre de 2006, el Concejo Municipal dictó la Resolución 047/2006, en la que consideran nuevamente la renuncia de René Calvimontes Navarro, vuelven a aceptarla y proceden a designar como Alcalde de Cotoca al Concejal, Estanislao Araúz Araúz, pese a que la segunda moción de censura no había concluido.

c)       En revisión, el Tribunal Constitucional por SC 1143/2006-R de 15 de noviembre, revocó la Resolución dictada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, determinando que el proceso de censura iniciado el 11 de enero de 2006, había sido tramitado conforme  determina la Ley de Municipalidades, y como consecuencia validó el proceso de censura inicial, por lo tanto desde la fecha en que el ahora recurrente se notificó con esta Sentencia Constitucional dejó de ser Alcalde de Cotoca.