SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0015/2007
Fecha: 26-Abr-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, en su condición de Alcalde Municipal de Cotoca, denuncia que los Concejales de ese Municipio pronunciaron la Resolución 047/2006 de 30 de noviembre, sin jurisdicción ni competencia, porque aceptaron por segunda vez la renuncia presentada por el Alcalde, René Calvimontes Navarro y designaron a uno nuevo, sin considerar que el segundo proceso constructivo de censura instaurado en contra suya, no finalizó, y por consiguiente no era válido, pero que además era inconstitucional, debido a que la Ley de Municipalidades autoriza que se promueva sólo una moción de censura al año, pero que en su caso se intentó dos veces. En consecuencia, corresponde analizar los hechos alegados y las normas aplicables al caso.