SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0224/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0224/2007-R

Fecha: 03-Abr-2007

II.2.

II.2.  Por oficio recibido el 29 de noviembre de 2006, el anteriormente referido Juez cautelar, solicitó a la Directora del Centro de Rehabilitación “Palmasola” y ahora recurrida, informe si tiene personal para que vigile a la imputada María Vanilda Alves Da Silva, toda vez que por Auto de Vista de 16 de octubre de 2006, se ordenó su detención domiciliaria con vigilancia, informe que según reza la nota, debería ser elevado a la brevedad posible para que se libre el mandamiento de libertad de la indicada imputada (fs. 26). A fs. 31 cursa un oficio de 30 de noviembre de 2006, por el que la recurrida absuelve el informe solicitado, haciendo conocer que no se cuenta con el suficiente número de policías para cumplir esa función. No se acredita la recepción del documento por parte del Juez cautelar de San Ignacio de Velasco.