SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0224/2007-R
Fecha: 03-Abr-2007
III.1.
III.1. De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados y de la base de datos del Tribunal Constitucional, se establece la existencia de identidad de sujeto, objeto y causa entre el presente recurso con otro hábeas corpus interpuesto con anterioridad por la misma recurrente, con iguales argumentos e invocando como vulnerados idénticos derechos, el cual fuera sustanciado en el Juzgado de Partido y Sentencia de San Ignacio de Velasco, correspondiendo en revisión al Expediente 2007-15256-31-RHC, en el que se dictó la SC 0067/2007-R, de 9 de febrero, revocando la Resolución revisada y en su mérito declarando procedente el recurso, disponiendo que la Directora del Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”, Recinto Mujeres, ponga en libertad a la recurrente; razón por la cual ya no se ingresará al análisis de fondo de la problemática nuevamente planteada, ello para evitar una irregular duplicidad de fallos sobre un mismo asunto, circunstancia que además determina la improcedencia de este recurso, dejando presente que la recurrente hizo un uso abusivo y temerario de esta acción tutelar, pretendiendo sorprender a este Tribunal, puesto que habiendo obtenido un fallo que le era adverso en el primer recurso planteado, sin esperar la revisión y el pronunciamiento correspondiente del Tribunal Constitucional, acudió de mala fe a otro Tribunal de garantías, sin reparar en que ya había planteado el mismo recurso, duplicando innecesaria e injustificadamente los esfuerzos de la Justicia Constitucional.