Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0257/2007-R
Fecha: 10-Abr-2007
a)
a) La Resolución de 5 de febrero de 2007, que desestimó la solicitud de cesación de la detención preventiva, pese a que es susceptible de ser impugnada, no fue recurrida de apelación por parte del recurrente, por lo que, en mérito a los fundamentos de la SC 0160/2005-R de 23 de febrero, el recurso es improcedente.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.
- 1.
- 2.
- a)
- el 16 de abril de 2004
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la ausencia del recurrente en la audiencia del recurso de hábeas corpus.
- inmediato día y hora de audiencia pública
- ningún caso podrá suspenderse la audiencia
- no podrá suspenderse por ningún motivo, ni decretarse en su desarrollo receso o cuartos intermedios
- III.2.
- Fragmento 17
- APRUEBA