SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0277/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0277/2007-R

Fecha: 17-Abr-2007

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente refiere que su representado, Bismark Vaca Pizarro, fue detenido en virtud del mandamiento de detención preventiva emitido por el Juez recurrido sin que se le hubiese notificado con la solicitud de revocatoria ni con el señalamiento de audiencia, asimismo indica que la referida audiencia no fue realizada, además del hecho de que al haberse presentado la acusación formal en su contra, la causa ya se encontraba radicada en el Tribunal de Sentencia de Concepción de la provincia Ñuflo de Chávez, por lo que el Juez recurrido perdió competencia para conocer y disponer la revocatoria de la cesación de detención preventiva, razón por la que tampoco apeló, pues se estaría otorgando competencia al Juez cautelar cuando la causa ya se encuentra radicada en el Tribunal de Sentencia, de igual forma, el Gobernador correcurrido incurrió también en actos ilegales al recibir al imputado, de una persona que no era la señalada en el mandamiento y de una autoridad que no era competente. Por lo que corresponde, en revisión, dilucidar si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.