SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0277/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0277/2007-R

Fecha: 17-Abr-2007

procedente

La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, por Sentencia 01 de 2 de febrero de 2007, cursante de fs. 25 a 26 vta., declaró procedente el recurso, disponiendo la libertad inmediata del representado de la recurrente, siempre que no esté detenido por otra causa, otro proceso y por autoridad competente, sin costas, multas ni daños y perjuicios, con los siguientes fundamentos: a)  Que para la revocatoria de la medida cautelar de cesación de la detención preventiva, el Juez recurrido, no solo procedió sin competencia, sino que también procedió contra la norma legal lesionando los derechos del representado de la recurrente, pues para la señalada revocatoria debió necesariamente señalar audiencia pública y en presencia de las partes pronunciar la resolución que corresponda; b)  En este caso no se ha permitido el ejercicio del derecho de defensa del imputado que tiene directa relación con el derecho a la libertad; c) Se encuentra fundado el argumento de la parte recurrente que acudir a la vía de del recurso de apelación de la medida cautelar de revocatoria, habría significado reconocer la competencia de un juez en ese momento incompetente, por lo que en ese caso se considera prescindible la subsidiariedad, al no existir apelación incidental de medida cautelar contra un acto nulo.