Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0293/2007-R
Fecha: 19-Abr-2007
II.6.
II.6. El 10 y 17 de marzo de 2006 (fs. 9 a 10), dentro del proceso ejecutivo, la recurrente pidió extensión de fotocopias legalizadas, mereciendo los decretos de 11 y 18 de marzo de 2006 (fs. 9 vta. y 10 vta.), de estar a lo dispuesto en el Auto de 22 de febrero de 2006, que rechazó el apersonamiento de la recurrente. Sin embargo, según lo informado por el Juez (fs. 153 vta.), por decreto de 31 de marzo de 2006 -que no cursa en el expediente- dispuso se franquee lo solicitado, aspecto que no ha sido negado por la recurrente en la audiencia de amparo constitucional.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Respecto de la inmediatez del amparo constitucional
- SC 1337/2003-R
- III.3. Análisis del presente caso
- y contra esta decisión, la recurrente no formuló recurso alguno,
- aún cuando existan otros medios de defensa y recursos pendientes de resolución
- APRUEBA