SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0325/2007-R
Fecha: 25-Abr-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente señala que se han vulnerado sus derechos a la libertad, a la libre locomoción y la garantía del debido proceso, consagrados en los arts. 6.II, 7 incs. g) y 16.IV de la CPE, ya que dentro del fenecido proceso penal que se le siguió por los delitos de estelionato y asociación delictuosa, en el que fue condenado a cinco años de reclusión de libertad; se emitieron mandamientos de condena en dos oportunidades, el primero de 7 de abril de 2004 y el segundo de 7 de marzo de 2005; posteriormente, previa solicitud de parte, el Juez correcurrido ordenó que se libre orden instruida a efectos de la ejecución del mandamiento de condena emitido; empero, en la parte final de dicha orden instruida se omitió el nombre del recurrente. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de hábeas corpus, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de hábeas corpus
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 11
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APROBAR