Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0334/2007-R
Fecha: 26-Abr-2007
II.4.
II.4. Impugnado el requerimiento fiscal por el recurrente el 21 de octubre de 2005, la Jueza de Instrucción de Achacachi, ahora recurrida, pronunció la Resolución 36/05 de 8 de noviembre de 2005, disponiendo la reposición de obrados y conforme al estado de la causa y en cumplimiento de la “SC 0101/2004-R”, declaró la extinción de la acción penal iniciada por Zenón Mollocuaquira Quispe contra Misael Kahuasiquita Mollocoaquira y otros, disponiendo el archivo de obrados; Resolución con la que se notificó personalmente a la parte civil del proceso, ahora recurrente, el 22 de noviembre de 2005 (fs. 16 a 18).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1.
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y
- III.2.
- III.3.