Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0365/2007-R
Fecha: 09-May-2007
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
De acuerdo a lo relatado, plantea recurso de hábeas corpus contra Saúl Saldaña Secos, Juez Séptimo de Partido de Sentencia y liquidador en lo Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz, solicitando sea declarado procedente y se deje sin efecto el ilegal mandamiento de aprehensión librado en contra suya, debiendo ordenar que se regularice el trámite del juicio, conforme establece el art. 377 del Código de Procedimiento Penal (CPP), sea con costas, daños y perjuicios.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3. Previo a la análisis del caso planteado
- Fragmento 13
- conforme establece el art. 377 del CPP, las partes son libres de asistir o no a la misma, sin que en ningún caso, su inconcurrencia pueda dar lugar a su aprehensión, al no existir norma legal alguna que permita y menos, valide la ilegal aprehensión dispuesta en el caso concreto por la autoridad demandada; actuación ilegal que impone la necesidad de brindar la tutela demandada,
- III.5.
- APRUEBA