Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0365/2007-R
Fecha: 09-May-2007
II.2.
II.2. Por memorial de 17 de noviembre de 2006, el imputado planteó incidente de saneamiento por actividad procesal defectuosa (fs. 4 a 6 vta.), y el 27 del mismo mes y año pidió que se dejen sin efecto los ilegales mandamientos de aprehensión y arraigo (fs. 12), dictándose al día siguiente el decreto por el cual el Juez de la causa dejó sin efecto el mandamiento de aprehensión (fs. 13) y luego, por providencia de 30 de noviembre de 2006, dispuso dejar sin efecto el mandamiento de arraigo y la declaratoria de rebeldía dispuesta contra Fred Reymond Asbún Farah (fs. 16).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3. Previo a la análisis del caso planteado
- Fragmento 13
- conforme establece el art. 377 del CPP, las partes son libres de asistir o no a la misma, sin que en ningún caso, su inconcurrencia pueda dar lugar a su aprehensión, al no existir norma legal alguna que permita y menos, valide la ilegal aprehensión dispuesta en el caso concreto por la autoridad demandada; actuación ilegal que impone la necesidad de brindar la tutela demandada,
- III.5.
- APRUEBA