SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0399/2007-R
Fecha: 15-May-2007
III.2. El caso que se examina
La jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico precedente es aplicable al caso analizado, toda vez que el recurrente impugna a través del presente recurso que por memorando 00108 de 30 de enero de 2006, fue despedido del cargo que desempeñaba como “Profesional Junior “ de la comuna Molle, razón por la que interpuso recurso de revocatoria alternando recurso jerárquico contra el memorando de despido; mereciendo la Resolución de 15 de febrero de 2006 emitida por el Alcalde Municipal recurrido, quien denegó el recurso de revocatoria, concediéndole el recurso jerárquico alternado; a cuya consecuencia, remitido que fue el recurso jerárquico al Concejo Municipal, dicho órgano deliberante trató su caso el 7 de marzo de 2006; sin embargo, no obstante que tenían quince días para pronunciarse sobre el fondo del mismo y, al haberse producido opiniones encontradas y no existir los votos necesarios requeridos para llegar a la aprobación del dictamen, el Concejo Municipal de Cochabamba había dispuesto aplicar el silencio administrativo; motivo por el que el recurrente por memorial de 25 de abril de 2006 hizo uso del recurso de reconsideración del recurso jerárquico, que fue respondido el 8 de mayo de 2006; habiéndole hecho saber que al no existir una ordenanza o resolución específica sobre el particular, no podían reconsiderar su solicitud; actuaciones que considera ilegales y vulneratorias de sus derechos.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- “a) La legitimación pasiva como requisito de admisibilidad de forma del amparo y los efectos ante su inobservancia tanto en etapa de admisión, así como en revisión ante este Tribunal.
- b) La legitimación pasiva de los entes colegiados
- III.2. El caso que se examina
- así como los Autos de 15 de febrero de 2006, silencio administrativo de 7 de marzo de 2006 y, nota de 9 de mayo de 2006, los dos últimos del Concejo Municipal de Cochabamba
- APRUEBA