SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0403/2007-R
Fecha: 15-May-2007
III.3.
III.3. En el caso que se examina, se evidencia que por Resolución 004/2005 de 25 de mayo, el Directorio de EMAUT -ahora recurrido- determinó dejar nulo el proceso de preselección para optar al cargo de Gerente General de EMAUT, por encontrarse en el proceso vicios de nulidad establecidos en la Ley de Municipalidades en su art. 113, en los Estatutos de la Institución en sus arts. 3 y 32 y en la convocatoria , parte referida a la presentación de documentos en el numeral 5 relativos a la solvencia fiscal; resolución que fue de conocimiento del ahora recurrente el 1 de junio de 2005; a cuya consecuencia, el 7 de junio de 2005 el recurrente Julio Cesar Arza Shiriqui presentó memorial pidiendo: “se deje sin efecto la resolución que declara desierta la convocatoria pública para optar el cargo de Gerente General de EMAUT y se procesa a nombrar como Gerente General de dicha institución al ganador”(sic); luego de tramitado un primer recurso de amparo constitucional, que fue concedido respecto al derecho de petición, se emitió el oficio de 14 de noviembre de 2005, por el Gerente General a.i. de EMAUT, que dio respuesta a los memoriales presentados por el ahora recurrente, entregando documentación, en cumplimiento al fallo del Tribunal de amparo; oficio que fue entregado al ahora recurrente el 15 de noviembre de 2005; a cuya consecuencia, el 19 de noviembre de 2005, el ahora recurrente presentó recurso de revocatoria contra la Resolución 004/2005 de 25 de mayo, solicitando su nombramiento y contratación en el cargo de Gerente General; mereciendo la Resolución 06/05 de 9 de diciembre de 2005, por la que el Directorio de EMAUT resolvió no admitir el recurso de revocatoria, por cuanto, el recurrente no mencionó ninguna norma procedimental administrativa que sustente la procedencia de su recurso, de igual manera, el recurrente no mencionó la vulneración normativa realizada por el Directorio en la Resolución de 25 de mayo de 2005 y, el recurso de revocatoria está fuera de todo contexto normativo del art. 67 del DS 26115, norma básica de contratación, por lo tanto no procede su admisibilidad. Posteriormente, el 6 de diciembre de 2005, el ahora recurrente presentó ante el Presidente y miembros del Directorio de EMAUT, recurso jerárquico contra la Resolución 004/2005; a cuya consecuencia, se dictó la Resolución 07/05, por la que el Directorio de EMAUT dispuso el envío de obrados al Concejo Municipal; mereciendo la Resolución Municipal 002/2006 de 20 de enero, por la que el Concejo Municipal de la Santísima Trinidad resolvió rechazar el recurso jerárquico presentado por el ahora recurrente, por haber sido interpuesto el mismo fuera del plazo establecido en los arts. 140 y 141 de la LM; acudiendo a la interposición del presente recurso de amparo constitucional el 6 de junio de 2006.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- a)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando se planteó el recurso pero de manera incorrecta, que se daría en casos de planteamientos extemporáneos o equivocados
- III.2.
- III.3.
- no se evidencia que el recurrente
- III.4.
- improcedencia
- APRUEBA