SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0427/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0427/2007-R

Fecha: 23-May-2007

a)

a) El art. 284 del CNNA prevé para toda sentencia o auto de carácter definitivo como es el caso, podrá ser apelada en el plazo de tres días ante el juez que conoció la causa y que el recurso de casación deberá ser planteado en un plazo no mayor a diez días desde el momento de la notificación. Este articulado viabiliza el recurso de casación para sentencia y resoluciones de fondo como la dictada por la Jueza correcurrida, que no ha sido utilizado.