SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0448/2007-R
Fecha: 06-Jun-2007
II.1.
II.1. En el Juzgado Primero de Partido en lo Civil y Comercial se radicó un proceso concursal preventivo de acreedores iniciado por la Compañía Molinera “Río Grande” S.A. -ahora recurrente-; sin embargo, por diferentes excusas, el proceso radicó ante el Juzgado Tercero de Partido en lo Civil y Comercial -a cargo del ahora recurrido-; a cuya consecuencia, por memorial presentado el 11 de enero de 2006, Juan Pablo Navarro Wieler, en representación de la Compañía Molinera “Río Grande” S.A. presentó recusación contra el Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial -ahora recurrido- (fs. 8 a 9 vta.), quien por decreto de 12 de enero de 2006, no se allanó a la recusación (fs. 9 vta.), por lo que remitieron antecedentes ante la Sala Civil Segunda -ahora también recurrida-.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- denegó”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.9.
- i)
- III.1. Sobre la subsidiariedad del recurso de amparo constitucional
- III.2. Caso analizado
- procediéndose a la notificación con el AC 128/2006-CA a Juan Pablo Navarro Wieler -representante de la Molinera “Río Grande” S.A.- mediante diligencia de 20 de abril de 2006
- III.4. En cuanto a las actuaciones del Juez recurrido
- III.5.
- improcedencia
- Fragmento 19