SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0469/2007-R
Fecha: 11-Jun-2007
a través de este recurso no se pueden examinar 'actos o decisiones del recurrido que no estén vinculados a los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción
Precisando aún más los alcances del anterior entendimiento jurisprudencial, la SC 1688/2004-R, de 19 de octubre, expresó que a través de este recurso no se pueden examinar 'actos o decisiones del recurrido que no estén vinculados a los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción, como tampoco supuestas irregularidades que impliquen procesamiento indebido que no hubieran sido reclamadas oportunamente ante la autoridad judicial competente'” (las negrillas son nuestras).
En el caso de autos y conforme a la jurisprudencia glosada, los referidos allanamiento, requisa y secuestro de bienes del recurrente fueron ordenados por la Jueza correcurrida -cual se evidencia en la Conclusión II.6 de este fallo- y no están vinculados directamente a la privación de la libertad del recurrente, quien fue detenido en virtud del mandamiento de aprehensión que expidió el Fiscal de Distrito (ver Conclusión II.2); sin embargo, al haber agotado el recurrente la vía ordinaria de reclamo interponiendo el incidente de nulidad de obrados por defectos absolutos, que fue rechazado por la Jueza correcurrida, puede aún acudir al recurso de amparo constitucional, aclarando que se encuentra privado de libertad como consecuencia del proceso penal que se sigue en su contra y no como emergencia de esas presuntas irregularidades del debido proceso que también cuestiona en este recurso. Situación que corrobora la improcedencia del presente hábeas corpus.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- 1)
- III.1. La jurisprudencia constitucional exige que se acredite la privación de libertad para la procedencia del recurso de hábeas corpus
- III.2. Supuesto arresto alegado por el recurrente
- no basta su mera referencia y sindicación para dar crédito a tales aseveraciones, más aún cuando tales hechos no pueden ser protegidos por el recurso de hábeas corpus, que tiene por única finalidad la protección del derecho a la libertad
- no pueden ser analizados a través de este recurso que tiene como finalidad única hacer efectiva la protección de la libertad individual cuando la persona ha sido ilegal o indebidamente, detenida, perseguida, amenazada o presa
- la protección que brinda el recurso de hábeas corpus en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión
- a través de este recurso no se pueden examinar 'actos o decisiones del recurrido que no estén vinculados a los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción
- APRUEBA