SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0515/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0515/2007-R

Fecha: 20-Jun-2007

b)

b) Al haberse emitido el Auto Supremo 835/2006 de 25 de septiembre por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, transcurrió el término de gestación y más del año de nacimiento del hijo de la recurrente, por tanto, las autoridades recurridas no podían disponer la reincorporación de la recurrente a su fuente laboral, al tener el art. 1 de la Ley 975, un límite de temporalidad en su aplicación.