SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0515/2007-R
Fecha: 20-Jun-2007
la primera, mediante cédula, y el segundo, en forma personal
En mérito a ello, el 4 de abril de 2007 se libró exhorto suplicatorio para ante la Presidencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, con el cual fue notificada la Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda “La Promotora”, en las personas de Cinthia de La Rosa Daza y Agustín Videla Baya: la primera, mediante cédula, y el segundo, en forma personal, el 9 de abril de 2007 a horas 15:00.
En consecuencia, se constata que la Mutual “La Promotora”, fue legalmente notificada en la persona de sus representantes, en la forma establecida por la jurisprudencia glosada precedentemente; en ese sentido, el Tribunal de amparo constitucional obró legalmente al no dar curso a la solicitud de suspensión de audiencia y nulidad de notificación solicitada por el representante del tercero interesado mediante memorial presentado el 11 de abril de 2007.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1.
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la notificación a la otra parte de la litis es de rigor procesal, así no figuren como recurridos
- éste pueda asumir su derecho a la defensa; por lo que este requisito, se torna en un requisito formal imprescindible para la admisión del recurso de amparo constitucional…”
- la primera, mediante cédula, y el segundo, en forma personal
- III.2. Sobre la inamovilidad funcionaria de la mujer embarazada
- Sin embargo, cuando se constata que el niño es mayor de esa edad no corresponderá reincorporar la madre a su fuente de trabajo…”
- no corresponderá reincorporar a la madre a su fuente de trabajo; empero, se reconocerá en su favor, los subsidios familiares pendientes, así como el pago de salarios y otros beneficios devengados
- III.3. Caso analizado
- APROBAR