Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0531/2007-R
Fecha: 28-Jun-2007
denegó
Por Resolución 54 de 18 de septiembre de 2006, cursante de fs. 209 vta. a 210 vta., la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz denegó el recurso de amparo constitucional solicitado, con costas y multa de Bs200.- (doscientos bolivianos), fundamentando el fallo en que para reclamar su expulsión, los recurrentes cuentan con los recursos de revocatoria y jerárquico, además de otros medios y no a través del amparo porque una de sus características es la subsidiariedad al no ser sustituto de otros medios de defensa.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- I.2.1.
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Legitimación pasiva como requisito de admisibilidad del recurso de amparo
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- III.3. El caso en examen
- III.4. Terminología adecuada en resoluciones y sentencias constitucionales que resuelven recursos de amparo constitucional