Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0034/2007
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0034/2007

    Fecha: 18-Jul-2007

    recurso directo de nulidad

    En el recurso directo de nulidad interpuesto por Albania Chané Caballero Saavedra contra Jaime Ampuero García, Eddy Wálter Fernández Gutiérrez y Juan José Gonzáles Osio, Presidente de la Sala Social y Administrativa Primera y Ministros de la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, respectivamente, demandando la nulidad del Auto Supremo 138 de 13 de marzo de 2007.

    • recurso directo de nulidad
    • a)
    • b)
    • d)
    • I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.3. Alegaciones  de las autoridades recurridas
    • I.4.    Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
    • III.2. Análisis del presente caso
    • SC 0075/2002
    • Fragmento 14
    • la fecha para computar el plazo, corre desde que el expediente es puesto efectivamente en conocimiento de la autoridad jurisdiccional competente para dictar el fallo,
    • tanto la convocatoria realizada a Eddy Walter Fernández Gutiérrez el 2 de marzo de 2007, así como la emisión del Auto Supremo 138 el 13 de marzo de 2007, han sido realizadas fuera del plazo previsto por la norma contenida en el art. 204.III del CPC señalado, resultando, por ende, nula la Resolución hoy impugnada
    • FUNDADO

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca